Las familias empadronadas en Boadilla del Monte podrán solicitar del 8 al 22 de septiembre las ayudas municipales a la escolarización y conciliación para el curso 2026-2027.
El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha convocado las ayudas a la escolarización y la conciliación para el curso 2026-2027. El plazo de solicitud será del 8 al 22 de septiembre de 2026, ambos inclusive, según ha informado el consistorio.
Podrán pedirlas las familias que estén empadronadas en el municipio antes del 1 de septiembre de 2025 y mantengan ese empadronamiento hasta la resolución. Los hijos deben estar matriculados en centros públicos, concertados o privados de la Comunidad de Madrid en alguna de estas etapas: segundo ciclo de Infantil, Primaria, Secundaria, Educación Especial, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Básico o Medio. En Bachillerato y FP la edad máxima es de 25 años en el momento de la matrícula.
La unidad familiar al completo debe residir en Boadilla. Si los progenitores no son propietarios ni arrendatarios de la vivienda donde figuran empadronados, deberán aportar un certificado del Registro de la Propiedad de ambos que acredite que no poseen otra vivienda en la Comunidad de Madrid.
Quedan excluidas las unidades familiares con algún menor con expediente de absentismo abierto en la Comisión de Absentismo del Servicio de Apoyo a la Escolarización de Boadilla. También es requisito estar al corriente de pago con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Comunidad de Madrid. Las deudas con la Agencia Estatal o la Seguridad Social no se pueden subsanar, así que el consistorio recomienda consultar la situación antes de solicitar.
La documentación que hay que presentar, junto al formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica, incluye el libro de familia o certificado del Registro Civil, el certificado de escolaridad del curso 2026-2027 (o documento RAÍCES o carné de estudiante) y, en su caso, sentencia de separación o divorcio, resolución de acogimiento o certificado de defunción de un progenitor. No hay formulario en papel.
La cuenta bancaria que se indique debe estar activa hasta la resolución definitiva para poder recibir la transferencia. La convocatoria se publicará previamente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
